Gaceta Oficial N° 42.306: BCV fijó tasas de interés aplicables a relación de trabajo de diciembre 2021 y tarjetas de crédito enero 2022

BCV
Foto: referencial

En Gaceta Oficial N°42.306, de fecha 27 de enero de 2022, fue publicado un aviso Oficial mediante el cual se informa al público en general, las Tasas de Interés aplicables a las obligaciones derivadas de la relación de trabajo para el mes de diciembre 2021 y las Tasas de Interés para operaciones con Tarjetas de Crédito para el mes de enero 2022.

A. TASAS DE INTERÉS APLICABLES A LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE LA RELACIÓN DE TRABAJO

1- Tasa activa estipulada durante el mes de diciembre de 2021 aplicable a los supuestos a que se refieren los artículos 128, 130, 142 literal t), y 143 Cuarto Aparte, del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras: 52,96%.

2- Tasa promedio entre la activa y la pasiva estipulada durante el mes de diciembre de 2021, aplicable al supuesto a que se refiere el Tercer Aparte del artículo 143 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras: 44,48%.

B.TASAS DE INTERÉS PARA OPERACIONES CON TARJETAS DE CRÉDITO

1- Tasa de interés activa máxima anual a ser aplicada por las instituciones regidas por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Instituciones del Sector Bancario y demás leyes especiales, por las operaciones activas con tarjetas de crédito que regirá para el mes de enero 2022: 60,00%.

2- Tasa de interés activa mínima anual a ser aplicada por las instituciones regidas por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Instituciones del Sector Bancario y demás leyes especiales, por las operaciones activas con tarjetas de crédito que regirá para el mes de enero 2022; sin perjuicio de las tasas de interés mínimas activas especiales dictadas por el Banco Central de Venezuela mediante Avisos Oficiales emitidos al efecto, y aquellas autorizadas por este Instituto a ser aplicadas de conformidad con lo previsto en el Segundo Aparte del artículo 96 del antedicho Decreto-Ley: 17,00%.

3- Tasa de interés máxima que podrán cobrar las instituciones regidas por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Instituciones del Sector Bancario y demás leyes especiales, por las obligaciones morosas de sus tarjetahabientes para el mes de enero 2022: 3,00%.