Las cooperativas quedaron exoneradas de pagar el Impuesto Sobre la Renta por un año debido al Decreto N º 4.976 de la presidencia de la República, publicado en Gaceta Oficial N º 4.976 el pasado 12 de agosto.
Pero sólo disfrutarán de este beneficio aquellas cooperativas que cumplan con un conjunto de formalidades, según José Javier García, contador público y abogado tributario.
La primera de ellas es tener un certificado de cumplimiento de todo lo que prevé la Ley de Cooperativas «estar inscrita ante la respectiva superintendencia y ese certificado de buenas prácticas lo debe emitir la superintendencia como tal», explicó García a Unión Radio el miércoles 21 de agosto.
Agregó que si cumplen con esos conceptos los representantes de la cooperativa deben dirigirse al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria para actualizar el registro de información fiscal; ya teniendo esta documentación pueden disfrutar de la exoneración.
Con esta decisión el Ejecutivo lo que estaría buscando es que las cooperativas se formalicen, ya que según el Ministerio para Las Comunas y Movimientos Sociales, de las 22 mil 590 cooperativas registradas sólo 2.810 están formalizadas, es decir el 12%.