El ajuste por inflación fiscal en una economía inflacionaria
Camilo London.- La inflación desde la perspectiva del valor de la moneda, representa un deterioro de la capacidad que tiene ésta para su intercambio por bienes y servicios. Lo que es percibido por el ciudadano como un aumento generalizado de los productos que adquiere en el mercado, es más bien una pérdida de valor de la moneda que se utiliza para comprarlos. De allí, que no por tener usted más moneda en el bolsillo, tendrá un mayor patrimonio, ya que su riqueza estará en función del valor de compra o intercambio que tenga dicha moneda, y no por la cantidad de billetes que usted tenga en su cartera. Mucho dinero con menor valor de compra no hace rico a nadie.
La teoría contable financiera asegura de forma acertada que la inflación causará una pérdida o una ganancia de las empresas o personas, dependiendo de su posición monetaria neta; entendida ésta como la relación diferencial entre sus pasivos monetarios y sus activos monetarios. La posición monetaria neta será “activa” cuando usted en su balance financiero tenga una mayor proporción de activos monetarios en relación a sus pasivos monetarios. Es decir, cuando por ejemplo muestre usted una cuenta corriente bancaria con Bs. 1.000.000 y deudas líquidas con sus familiares de Bs. 300.000. En ese caso su posición monetaria neta será “activa” por Bs. 700.000. En cambio si su deuda es de Bs. 1.400.000, su posición monetaria neta será “pasiva” por Bs. 400.000. Se trata de sumas y restas, pero el resultado de estas simples operaciones aritméticas en una economía inflacionaria marcará la ganancia o la pérdida monetaria que usted experimentará.
Cuando usted tiene una posición monetaria neta activa, la inflación causa una pérdida en su patrimonio. Es como el que guarda dinero bajo el colchón. Al final de un tiempo, ese dinero ya no podrá comprar los mismos bienes. La pérdida de valor del dinero que usted no invirtió inteligentemente, es una pérdida monetaria asociada a una posición monetaria neta activa. En cambio, si usted pidió prestado a un familiar dinero y con ello compró bienes que se protegen de la inflación, como es el caso de equipos electrónicos que no sufren rápida obsolescencia, usted al vender esos bienes a su valor de mercado al cabo de un tiempo, obtendrá suficiente dinero para pagar su deuda y le quedará todavía una ganancia. Esa ganancia se da por la posición monetaria neta pasiva ante la exposición inflacionaria.
El ajuste por inflación fiscal es una metodología que se utiliza para cuantificar el resultado monetario en un período impositivo del contribuyente, es decir, la pérdida o ganancia monetaria que se deriva de dicha posición. El también conocido como el “API fiscal”, se estableció por primera vez en Venezuela en la reforma de la ley de ISLR del año 1991 a efectos de reconocer el efecto que la inflación tenía sobre la determinación del enriquecimiento neto de ciertos contribuyentes. Su complejidad es más un mito que una realidad, como cualquier procedimiento de cálculo, tendrá mayor o menor grado de dificultad en la medida en que se carezca o se tenga el conocimiento técnico para su comprensión. Pero si le resulta muy complejo, esto tiene solución en una gran variedad de programas informáticos que hacen el trabajo por usted, y si eso no es suficiente están los especialistas que pueden asesorar al contribuyente en esta determinación.
Debemos tener claro que el ISLR grava al incremento neto del patrimonio del contribuyente, que necesariamente tiene que considerar el efecto de la inflación sobre su posición monetaria neta. De allí que la reforma habilitante de la Ley de ISLR de noviembre de 2014 que eliminó el ajuste por inflación a las instituciones bancarias y de la actividad de seguros, y luego la de diciembre de 2015 que lo suprime para los contribuyentes especiales del SENIAT, aduciendo que el mismo era usado para eludir el pago de impuesto; es uno de los desatinos técnicos de mayor proporción que se ha dado en materia de la reforma legal de este tributo.
Desconocer el API fiscal es como esconder la cabeza bajo la tierra ante la grave inflación. Ignorar el problema con peregrinas razones no hará que desaparezca, sino que lo agravará más cuando ello podría significar la afectación severa del patrimonio de muchas entidades productivas que el país requiere para salir de la crisis más severa que le aqueja en su historia contemporánea.
Algunos insisten en que estamos en “tiempos políticos”, para significar que debemos atender la grave crisis política que parece ser la génesis de todos los demás problemas que configuran la calamitosa situación del país, yo concuerdo plenamente con ello. Pero no menos cierto es que la economía no se detiene, como cita siempre el destacado economista y profesor universitario Fidel Hernández. Por ello urge que la Asamblea Nacional se avoque a la revisión de los efectos que la exclusión del API fiscal causará en las empresas, que si bien no era perfecto, lo que requería era una objetiva revisión para mejorar su procedimiento y resultados, atendiendo a los principios que rigen al sistema tributario del país consagrados en los artículos 316 y 317 de la Constitución Nacional.
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Licenciado en Administración Comercial egresado de la Universidad de Carabobo, con especialización en finanzas y gestión de tributos, consultor empresarial, conferencista y editor del Blog GERENCIA Y TRIBUTOS (gerenciaytributos.blogspot.com)