En Gaceta Oficial N°42.316 de fecha 10 de febrero de 2022. fue publicada una providencia Administrativa que establecen la Tasa aplicable para el cálculo de los Intereses Moratorios correspondientes a los meses que en ellas se señalan, del año 2021.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE ECONOMÍA, FINANZAS Y COMERCIO EXTERIOR
SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT)
SNAT/2021/000060
Caracas, 08 de octubre de 2021 Años 211°, 162° y 22°
El Superintendente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, en ejercicio de las facultades previstas en los numerales 1 y 7 del artículo 4° del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.211 Extraordinario, de fecha 30 de diciembre de 2015, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 del Decreto Constituyente mediante el cual se dicta el Código Orgánico Tributario, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.507 Extraordinario, de fecha 29 de enero de 2020.
Dicta la siguiente:
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA QUE ESTABLECE LA TASA APLICABLE PARA EL CÁLCULO DE LOS INTERESES MORATORIOS CORRESPONDIENTE AL MES DE MAYO DE 2021
Artículo Único. La tasa de interés activa promedio ponderado de los seis (6) principales bancos comerciales y universales del país con mayor volumen de depósitos, excluidas las carteras de intereses preferenciales, fijada por el Banco Central de Venezuela para el mes de MAYO de 2021, es de 57,32%.
En consecuencia, para el cálculo de los intereses moratorios causados durante el mes de mayo de 2021, se aplicará dicha tasa incrementada en uno punto dos (1.2) veces. Comuníquese y publíquese.
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA QUE ESTABLECE LA TASA APLICABLE PARA EL CÁLCULO DE LOS INTERESES MORATORIOS CORRESPONDIENTE AL MES DE OCTUBRE DE 2021
Articulo Único. La tasa de interés activa promedio ponderada de los seis (6) principales bancos comerciales y universales del país con mayor volumen de depósitos, excluidas las carteras con intereses preferenciales, fijada por el Banco Central de Venezuela para el mes de OCTUBRE de 2021, es de 56,86%.
En consecuencia, para el cálculo de los intereses moratorios causados durante el mes de octubre de 2021, se aplicará dicha tasa incrementada en uno punto dos (1.2) veces. Comuníquese y publíquese.
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA QUE ESTABLECE LA TASA APLICABLE PARA EL CÁLCULO DE LOS INTERESES MORATORIOS CORRESPONDIENTE AL MES DE NOVIEMBRE DE 2021
Articulo Único. La tasa de interés activa promedio ponderada de los seis (51 principales bancos comerciales y universales del país con mayor volumen de depósitos, excluidas las carteras con intereses preferenciales, fijada por el Banco Central de Venezuela para el mes de NOVIEMBRE de 2021, es de 52,70%.
En consecuencia, para el cálculo de los intereses moratorios causados durante el mes de noviembre de 2021, se aplicará dicha tasa incrementada en uno punto dos (1.2) veces. Comuniquese y publiquese.
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA QUE ESTABLECE LA TASA APLICABLE PARA EL CÁLCULO DE LOS INTERESES MORATORIOS CORRESPONDIENTE AL MES DE SEPTIEMBRE DE 2021
Articulo Único. La tasa de Interés activa promedio ponderada de les seis (6) prindpales bancos comerciales y universales del país con mayor volumen de depósitos, excluidas las carteras con intereses preferenciales, fijada por el Banco Central de Venezuela para el mes de SEPTIEMBRE de 2021, es de 52,96%.
En consecuencia, para el cálculo de las Intereses moratorios causados durante el mes de septiembre de 2021, se aplicará dicha tasa incrementada en uno punto des (II) Veces. Comuniquese y publiquese.
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA QUE ESTABLECE LA TASA APLICABLE PARA EL CÁLCULO DE LOS INTERESES MORATORIOS CORRESPONDIENTE AL MES DE JULIO DE 2021
Articulo Único. La tasa de interés activa promedio ponderado de los Sea (6) principales bancos comernales y universales del pais con mayor volumen de depósitos, excluidas las carteras de intereses preferenciales, fijada por el Banco Central de Venezuela para el mes de JULIO de 2021, es de 56,26%.
En consecuencia, para el cálculo de los Intereses moratorios causados durante el mes de julio de 2021, se aplicará dicha tasa Incrementada en uno punto dos (92) veces. Comuníquese y publíquese.