En Gaceta Oficial N°42.367 de fecha 02 de mayo de 2022 fue publicado un Aviso Oficial mediante el cual se informa a las instituciones bancarias, a las Casas de Cambio y a los Proveedores no bancarios de Terminales de Puntos de Ventas, los límites máximos de las comisiones, tarifas y/o recargos que podrán cobrar por las operaciones y actividades que en ella se especifican.
BANCO CENTRAL DE VENEZUELA
AVISO OFICIAL
El Banco Central de Venezuela, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 21 numeral 26, y 50 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Especial que lo rige, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley de Tarjetas de Crédito, Débito, Prepagadas y demás Tarjetas de Financiamiento o Pago Electrónico, y en atención a lo previsto en el Convenio Cambiario N° 1 de fecha 21 de agosto de 2018 y en el artículo 1° de la Resolución N° 18-10-02 de fecha 16 de octubre de 2018, informa a las instituciones bancarias, a las casas de cambio y a los proveedores no bancarios de terminales de puntos de venta, los límites máximos de las comisiones, tarifas y/o recargos que podrán cobrar por las operaciones y actividades que se mencionan a continuación: