Gaceta Oficial N° 42.439: designan a Jennifer Quintero como nueva jefa de la Onapre

Gaceta Oficial 03

En Gaceta Oficial N° 42.439, de fecha 12 de agosto de 2022, fue publicado el Decreto N° 4.722, mediante el cual se nombra a la ciudadana Jennifer Quintero de Barrios, como Jefa de la Oficina Nacional de Presupuesto (Onapre), del Ministerio del Poder Popular de Economía, Finanzas y Comercio Exterior; igualmente se nombra al ciudadano Christiam Moisés Hernández Verdecanna, como Tesorero Nacional, del Ministerio del Poder Popular de Economía, Finanzas y Comercio Exterior, en Calidad de Encargado.

Nicolás Maduro Moros

Presidente de la República Bolivariana de Venezuela

Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la profundización de la revolución, en la búsqueda de la construcción del Socialismo, la refundación de la Patria Venezolana, basado en principios humanistas, sustentado en condiciones morales y éticas que persiguen el progreso del país y del colectivo, por mandato del pueblo de conformidad con lo establecido en el artículo 226, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; y en ejercicio de las atribuciones que me confieren los numerales 2 y 16 del artículo 236 ejusdem, en los artículos 34 y 46 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 4°, 18, 19 y 20 numeral 3° de la Ley del Estatuto de la Función Pública.

Decreta

Artículo 1°. Nombro a la ciudadana JENNIFER QUINTERO DE BARRIOS, titular de la cédula de identidad Nº V-12.297.048, como JEFA DE LA OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO (ONAPRE), del Ministerio del Poder Popular de Economía, Finanzas y Comercio Exterior, con las competencias inherentes al referido cargo, de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente.

Artículo 2°. Nombro al ciudadano CHRISTIAM MOISÉS HERNÁNDEZ VERDECANNA, titular de la cédula de identidad Nº V-20.095.953, como TESORERO NACIONAL, del Ministerio del Poder Popular de Economía, Finanzas y Comercio Exterior, en calidad de Encargado, con las competencias inherentes al referido cargo, de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente.

Artículo 3°. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

Dado en Caracas, a los doce días del mes de agosto de dos mil veintidós. Años 212° de la Independencia, 163° de la Federación y 23° de la Revolución Bolivariana.

Ejecútese,

 



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