Gaceta Oficial N° 42.421: tasas de interés aplicables a relación de trabajo para el mes de mayo y tarjetas de crédito para el mes de junio 2022

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En Gaceta Oficial N° 42.341, de fecha 19 de julio de 2022, fue publicado un aviso oficial del Banco Central de Venezuela mediante el cual se informa al público en general las Tasas de Interés aplicables a las obligaciones derivadas de la relación de trabajo para el mes de mayo y Tasas de Interés para operaciones con Tarjetas de Crédito para el mes de junio de 2022.

A. TASAS DE INTERÉS APLICABLES A LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE LA RELACIÓN DE TRABAJO

1- Tasa activa estipulada durante el mes de mayo de 2022 aplicable a los supuestos a que se refieren los artículos 128, 130, 142 literal t), y 143 Cuarto Aparte, del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras: 58,13%.

2- Tasa promedio entre la activa y la pasiva estipulada durante el mes de mayo2022, aplicable al supuesto a que se refiere el Tercer Aparte del artículo 143 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras: 47,07%.

B.TASAS DE INTERÉS PARA OPERACIONES CON TARJETAS DE CRÉDITO

1- Tasa de interés activa máxima anual a ser aplicada por las instituciones regidas por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Instituciones del Sector Bancario y demás leyes especiales, por las operaciones activas con tarjetas de crédito que regirá para el mes de junio 2022: 60,00%.

2- Tasa de interés activa mínima anual a ser aplicada por las instituciones regidas por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Instituciones del Sector Bancario y demás leyes especiales, por las operaciones activas con tarjetas de crédito que regirá para el mes de junio 2022; sin perjuicio de las tasas de interés mínimas activas especiales dictadas por el Banco Central de Venezuela mediante Avisos Oficiales emitidos al efecto, y aquellas autorizadas por este Instituto a ser aplicadas de conformidad con lo previsto en el Segundo Aparte del artículo 96 del antedicho Decreto-Ley: 17,00%.

3- Tasa de interés máxima que podrán cobrar las instituciones regidas por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Instituciones del Sector Bancario y demás leyes especiales, por las obligaciones morosas de sus tarjetahabientes para el mes de junio 2022: 3,00%.