Exportaciones y el reintegro del IVA

Camilo LondonCamilo London.- Uno de los capítulos más dramáticos de la actividad productiva del país ha estado signado por la dificultad que enfrentaron por décadas los exportadores de Venezuela, al momento de exigir al Estado el reintegro del IVA soportado en sus compras y recepción de servicios, vinculados a su actividad de ventas a clientes fuera del país.

El IVA es un impuesto que por su naturaleza es neutro para los que son contribuyentes ordinarios del mismo. No afecta su patrimonio. Para lograrlo, se permite la traslación de la carga económica que representa su pago, hasta el consumidor final, que es quien resulta ser el destinatario real de este tributo.

El IVA es un impuesto al consumo final, no nos puede caber la menor duda sobre ello. Y debe ser así para evitar una acumulación o efecto de avalancha que haga aún más pesada la carga para los ciudadanos, respecto a este impuesto indirecto.

La norma jurídica que rige al IVA reconoce que el impuesto soportado por los importadores, productores y comerciantes, es para estos un Crédito Fiscal. Y les permite cobrar a sus clientes el IVA en calidad de Débito Fiscal. Luego, cuando el IVA cobrado a los clientes (Débito), es mayor al pagado a los proveedores (Crédito), autoriza que los contribuyentes ordinarios del impuesto, puedan restar de los Débitos, el Crédito a su favor y si queda un remanente, denominado como Cuota Tributaria, el mismo sea pagado al Estado.

El monto del IVA que el Estado recibe con este procedimiento, es equivalente al importe que el último eslabón de la cadena de traslación, paga el consumidor final.

Pero hay casos como el de los exportadores, que por disposición de la ley no pueden trasladar el IVA a sus clientes fuera del país, generando una acumulación de créditos fiscales soportados en sus compras asociadas a su actividad productiva. Esta disposición se materializa con una alícuota de cero por ciento (0%) del IVA aplicado a las ventas de exportación.

Pero al detener el caudal del IVA que se traslada de forma natural a los consumidores finales, se crea un impacto económico adverso para los exportadores, que de asumir como costo el crédito fiscal que no pueden trasladar a sus clientes fuera del país, aniquilaría la rentabilidad de sus operaciones y podría causar incluso, una quiebra económica de la empresa Que no es otra cosa que un decreto de muerte a la iniciativa exportadora del país.

La opción de cobrar el IVA a sus clientes fuera del país no es viable, porque de hacerlo los exportadores perderían sus mercados, al perder competitividad cuando los demás países asumen una alícuota cero para un impuesto que entienden que es territorial.

Por tal motivo, el legislador estableció en la ley del IVA, que los exportadores de Venezuela, como los de otros países, tienen el derecho de que el Estado les reintegre el impuesto indirecto que no puedan trasladar a sus clientes en el exterior. Esto no es un incentivo, es una medida compensatoria destinada a no aniquilar a las empresas que orienten su producción al exterior, para garantizar la generación de riqueza para el país, mayor número de empleos y sobre todo desarrollo económico y social, apalancado en la actividad productiva.

El contexto de una economía con un exacerbando rentismo dependiente de la factura petrolera, hizo que el Estado desarrollara una indiferencia estructural hacia los exportadores de otros rubros, donde estaba concentrado en rubros diversos, en el sector privado y las empresas básicas de Guayana. Desatendiendo entre otros aspectos, el reintegro oportuno del IVA dispuesto para ellos en la ley.

No es exagerado decir, que cualquier ventaja comparativa y competitiva de nuestros exportadores, se vio derrotada en el pasado por el retraso sistemático en la devolución del IVA, que causó ingentes pérdidas monetarias al sector, por los efectos de la elevada inflación y la devaluación. Estas variables anularon el reintegro efectivo del IVA al sector exportador.

Hoy sobre las ruinas del aparato productivo nacional, parecen retoñar algunas posibilidades de reactivación económica y dentro de ese alivio, el sector exportador necesita tener un papel preponderante para dinamizar la producción nacional y generar divisas al país. Pero ello no será posible sin un nuevo enfoque y dinamismo en la tarea pendiente del reintegro eficiente, oportuno y legal, del IVA a los exportadores.

Como primera tarea que deberá emprender el gobierno en ésta área, tiene la de profesionalizar y agilizar los procedimientos de verificación y control fiscal, para que sean se orienten a proteger a la economía nacional y sobre todo erradicar la posibilidad de que el reintegro sea un foco de corrupción administrativa o en el otro extremo, un riesgo de defraudación tributaria.

La digitalización puede aportar mecanismos ágiles y precisos para dotar de equilibrio y racionalidad al sistema de recuperación de IVA que atienda al sector exportador. Pero también será necesaria una gerencia pública que se enfoque cada vez más en el paradigma de la eficiencia verdadera.

 

@SoyCamiloLondon

 



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