Requisitos para cambiar las placas identificadoras de vehículos

Placa vehículo
Imagen: INTT

El Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT) considera a las placas identificadoras como documentos de identidad de cada vehículo, que permiten reconocer los derechos y obligaciones del propietario.

«En el Artículo 59 de la Ley de Transporte Terrestre vigente, se establece la obligatoriedad de portar dicha identificación», se lee en una nota publicada en el portal web del INTT.

“Todo vehículo que circule por el territorio nacional, debe portar, de manera visible, sus correspondientes placas identificadoras, colocadas en la parte delantera y la otra en la parte posterior, en los sitios especialmente destinados a tal fin”.

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Requisitos para cambiar las placas identificadoras de vehículos

En el artículo 60 del instrumento legal vigente de transporte, establece que las placas se cambian por deterioro, robo, hurto, extravío o por portar matriculas anteriores a la actual.

Para cambiar las Placas identificadoras de un vehículo, el usuario debe presentar los siguientes requisitos, en cualquiera de las 76 oficinas del INTT desplegadas en el país:

  1. Planilla Única de Trámite, debidamente pagada por cualquiera de los canales autorizados.
  2. Cédula de Identidad laminada (Vigente).
  3. Certificado de Registro de Vehículos (Original).
  4. Constancia de Experticia de Seriales Original, otorgada por la PNB.
  5. Placas Identificadoras del Vehículo (Físicas).
  6. En caso de Pérdida o Robo de Placas Identificadoras de Vehículos, consignar la respectiva denuncia realizada ante el CICPC (Original).

Circular sin placa es motivo de sanción

En el año 2008 se establece por Resolución N° 050, de fecha 30 de mayo de 2008, publicada en la Gaceta Oficial No 361.584, de fecha 03 de junio del mismo año, que entra en vigencia una nueva Placa Identificadora, la cual tiene las siguientes características: chapa de aluminio, identificada con el nombre de la República Bolivariana de Venezuela, en la parte superior; el nombre del estado donde fue emitida, en la parte inferior; un total de 7 dígitos alfanuméricos, en relieve color negro y unas cintas que dicen Venezuela sobre las letras; todo sobre un fondo en el que se aprecia el tricolor nacional.

En el año 2017, se incorpora como elemento de seguridad un código QR único para la matrícula, que al escanearse arroja los datos principales del vehículo y su propietario.

La mencionada resolución establece que, la matricula vigente podía circular en conjunto con la anterior por un lapso de 10 años, es decir, que la placa blanca con letras azules quedó derogada en el año 2018, cuando se cumplió el plazo dado para que el parque automotor completo pasara a la llamada “Placa Bolivariana”.

Actualmente, el Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT) -responsable del Registro de Vehículos del país- promueve ante la ciudadanía el cambio de las matrículas, tomando como base legal el Artículo 107 de la Ley, numeral 1, donde se expresa específicamente que es motivo de sanción, “Circular sin placas identificadoras o con las placas que no correspondan al vehículo, o con diseños distintos a los establecidos por la autoridad competente”.

 

Fuente: Instituto Nacional de Transporte Terrestre / Eddymar Coronado