Beneficios anuales del trabajo forzoso ascienden a 236.000 millones de dólares

OIT
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El trabajo forzoso en la economía privada genera 236 mil millones de dólares en beneficios ilegales al año, según un nuevo informe de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

El monto total de las ganancias ilegales del trabajo forzoso ha aumentado en 64 mil millones de dólares (37%) desde 2014, un aumento dramático que ha sido alimentado tanto por un crecimiento en el número de personas obligadas a trabajar, como por mayores ganancias generadas por la explotación de las víctimas.

El informe de la OIT, Ganancias y Pobreza: Aspectos Económicos del Trabajo Forzoso, estima que los traficantes y delincuentes generan cerca de 10 mil dólares por víctima, frente a los 8 mil 269 dólares (ajustados a la inflación) de hace una década.

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El total anual de beneficios ilegales del trabajo forzoso es mayor en Europa y Asia Central (84 mil millones de dólares), seguidas de Asia y el Pacífico (62 mil millones de dólares), América (52 mil millones de dólares), África (20 mil millones de dólares) y los Estados Árabes (18 mil millones de dólares).

Cuando los beneficios ilegales se expresan por víctima, los beneficios ilegales anuales son mayores en Europa y Asia Central, seguidos de los Estados Árabes, América, África y Asia y el Pacífico.

La explotación sexual comercial forzada representa más de dos tercios (73%) de los beneficios ilegales totales, a pesar de que sólo supone el 27% del número total de víctimas del trabajo impuesto por particulares.

Estas cifras se explican por la enorme diferencia de beneficios por víctima entre la explotación sexual comercial forzada y otras formas de explotación laboral forzada no estatal: 27 mil 252 dólares de beneficios por víctima para la primera frente a 3 mil 687 dólares de beneficios por víctima para la segunda.

Después de la explotación sexual comercial forzada, el sector con mayores beneficios ilegales anuales del trabajo forzado es la industria, con 35 mil millones de dólares, seguido de los servicios (20 mil 800 millones), la agricultura (5 mil millones) y el trabajo doméstico (2 mil 600 millones).

Estos beneficios ilegales son los salarios que legítimamente pertenecen a los bolsillos de los trabajadores pero que, en cambio, quedan en manos de sus explotadores, como resultado de sus prácticas coercitivas.

«El trabajo forzoso perpetúa los ciclos de pobreza y explotación y atenta contra el corazón de la dignidad humana. La comunidad internacional debe unirse urgentemente para tomar medidas que pongan fin a esta injusticia», expresó Gilbert F. Houngbo, director general de la OIT.

Sometidas a múltiples formas de coacción

En 2021 había 27,6 millones de personas sometidas a trabajo forzoso en un día cualquiera. Esta cifra se traduce en 3,5 personas por cada mil habitantes en el mundo. Entre 2016 y 2021 el número de personas en trabajo forzoso aumentó en 2,7 millones.

«Las personas en situación de trabajo forzoso están sometidas a múltiples formas de coacción, siendo la retención deliberada y sistemática del salario una de las más comunes. El trabajo forzoso perpetúa los ciclos de pobreza y explotación y atenta contra el corazón de la dignidad humana. Ahora sabemos que la situación no ha hecho más que empeorar. La comunidad internacional debe unirse urgentemente para tomar medidas que pongan fin a esta injusticia, salvaguarden los derechos de los trabajadores y defiendan los principios de justicia e igualdad para todos», declaró  Houngbo.

El informe subraya la urgente necesidad de invertir en medidas coercitivas para detener los flujos de beneficios ilegales y exigir responsabilidades a sus autores.

Recomienda reforzar los marcos jurídicos, impartir formación a los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, ampliar la inspección laboral a los sectores de alto riesgo y mejorar la coordinación entre la aplicación de la legislación laboral y penal.

Sin embargo, no se puede acabar con el trabajo forzoso solo con medidas de aplicación de la ley, sino que estas deben formar parte de un enfoque integral que dé prioridad a abordar las causas profundas y a proteger a las víctimas, subraya el informe.

El Protocolo de 2014 relativo al Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 , y la Recomendación sobre el trabajo forzoso (medidas complementarias), 2014 (núm. 203) proporcionan un marco estratégico para una acción integral.