En Gaceta Oficial N°42.713, de fecha 13 de septiembre de 2023, fue publicado un exhorto oficial del Ministerio de Transporte mediante el cual se establece la tarifa mínima del pasaje urbano en nueve bolívares (Bs 9,00) y el pasaje máximo urbano será de diez bolívares (Bs 10,00).
En el caso de las operadoras estadales de transporte, el pasaje mínimo urbano será de cinco bolívares (Bs 5,00).
Asimismo, se publica una resolución mediante la cual se establece la Tarifa Máxima Oficial para las Rutas Suburbanas a Nivel Nacional, a ser cobradas por los prestadores del servicio público de transporte terrestre de pasajeras y pasajeros, respectivamente, como en ella se señala.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TRANSPORTE
DESPACHO DEL MINISTRO
EXHORTO OFICIAL
En el ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 65 y 78 numerales 1, 3, 4, 19 y 27 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, de conformidad con lo previsto en el Decreto N°2.650, mediante el cual se crea el Ministerio del Poder Popular para el Transporte, de fecha 4 de enero de 2017, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N°41.067 de la misma fecha, en concordancia con los artículos 94 y 143 de la Ley de Transporte Terrestre.
El Ministerio del Poder Popular para el Transporte, en uso de sus competencias en materia de regulación de tardas para el transporte de pasajeros en las rutas suburbanas e interurbanas, y en atención al Programa de Recuperación, Crecimiento y Prosperidad Económica, creado por el ciudadano Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, que permitirá avanzar hacia la independencia definitiva para poder mantener mecanismos de control que puedan proteger la necesidad básica de toda la población de manera sustentable, mediante ajustes preventivos y equitativos en las tarifas de dicho sector. En consecuencia este Ministerio EXHORTA a les Alcaldes a nivel nacional, quienes tienen la competencia en materia de tarifas en transporte urbano, según lo establecido en el numeral 2 del articulo 178 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a los gremios de transportistas y a las autoridades competentes a respetar y mantener como tarifas en sus áreas de competencias, para el transporte privado que preste servicio de carácter público, en todas las rutas incluidas las que por su característica sea troncal o periféricas, así como dar cumplimiento a lo establecido en los artículos siguientes:
Artículo 1. Se establece la tarifa misma del pasaje urbano en NUEVE BOLÍVARES (Bs 9,00) y el pasaje máximo urbano será de DIEZ BOLÍVARES (Bs 10,00). En el caso, de las operadoras estadales de transporte el pasaje urbano será de CINCO BOLÍVARES (Bs 5,00).
Artículo 2. El Ejecutivo Nacional y los prestadores del servicio público de transporte terrestre de pasajeras y pasajeros, facilitarán la atención de las mujeres con edad igual o superior a los cincuenta y cinco (55) años y los hombres con edad igual o superior a los sesenta (60) años, quienes tendrán un pasaje gratuito de transporte urbano.
Artículo 3. El Ministerio con competencia en materia de transporte en coordinación con los Estados y Municipios establecerá el pasaje gratuito de transporte urbano, a las personas con discapacidad, en las rutas urbanas. Igualmente, el servicio será prestado sin cobrar recargo por el acarreo de sillas de ruedas, andaderas u otras ayudas técnicas, de conformidad con lo previsto en los artículos 39 y 40 de la Ley para Personas con Discapacidad.
Artículo 4. Los prestadores del servicio público de transporte terrestre de pasajeras y pasajeros deberán prestar servicio a las y los estudiantes, y aceptar el pasaje con el cincuenta por ciento (50%) de descuento sobre la tarifa fijada en el presente exhorto; a los fines de garantizar el ejercicio del derecho de los estudiantes. Los estudiantes de educación básica hasta diversificada gozarán del derecho al medio pasaje de lunes a viernes en temporada escolar portando su uniforme y los estudiantes universitarios deberán mostrar su carnet estudiantil actualizado y vigente al periodo en curso de lunes a sábado. Este descuento será válido en periodos de clase, resaltando que no aplica para los días feriados ni periodos vacacionales.
Artículo 5. Mediante la publicación en la Gaceta Oficial se fijarán las tarifas para el transporte público correspondientes a las rutas que por sus características particulares y peculiares aumenten el establecimiento de tarifas distintas a las antes señaladas, por lo que los Alcaldes y demás autoridades competentes deberán velar por su cumplimiento; en caso de que exista alguna consideración, hacer llegar toda infamación de dichas rutas al Ministerio del Poder Popular para el Transporte y al Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT).
Artículo 6. Se exhorta a los transportistas a cumplir a cabalidad con las tarifas aquí establecidas; en caso contrario, quedarán sujetos a la aplicación de medidas tales cono la suspensión de las licencias de conducir por parte de las autoridades competentes y la suspensión de beneficios acordados, eme otras medidas previstas en la normativa que regula la materia y su régimen sancionatorio, siguiendo el debido proceso.
Artículo 7. Queda sin efecto el EXHORTO OFICIAL publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N°42.583 de fecha 7 de marzo de 2023.
Artículo 8. Este EXHORTO OFICIAL entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Ramón Celestino Velásquez Araguayán
Ministro del Poder Popular para el Transporte
Muy bueno para ayudar a los personscl. Descapcidd, tercera edad y estudiantes, ahora que las autoridades regionales y municipales hagan cumplir lo señalado en gaceta Oficial.
Soy estudiante universitaria, de Maracay San juan y me dicen que no aplica el descuento del 50% de un estado a otro. Algo que es totalmente fuera de lugar.
Sería muy bueno que cada Alcalde volviese a Colocar de Forma Obligatorio el Cartel en Cada unidad de Transporte sobre el Pasaje y Exonerado a la 3ra edad y Discapacidad… porque los transportistas son muy Groseros
Esto es muy cierto y ni siquiera cumplen con las normas
Me gustaría saber ¿cuál es la tarifa real de pasaje de la ruta de transporte Miranda que va desde Petare hasta Ciudad Mariche? Ya que empezaron a cobrar hace 15 días el pasaje en 17 bolívares.
En la ruta extraurbana los colectores y choferes le exigen a las personas de tercera edad y discapacitados pagar el pasaje completo y algunos no lo llevan el llamado a las autoridades hacer cumplir la ley.
Y sobretodo que se Cumpla, los transportistas hacen lo que les da la gana, insultan a los viejitos
Ya lo había leído, pero no tengo muy claro si el pasaje gratis nos beneficia también a los que recorremos más de un municipio y además si eso aplica a los prestadores de servicios los comúnmente llamados camioneteros.
En cuál estado se cumple eso del pásaje aquí en el estado Nueva Esparta el pasaje está circulando entre 13 a 20 bolívares así que como quedamos los usuarios aquí en el estado
Cómo queda el pasaje de un estado a otro. Recorro menos de 50 Km, tengo 72 años y cuando lo hago me cobran completo y bien caro que está, que entre iba y vuelta se va la pensión. Por favor alguien que esté claro en esto que me responda.
Ahora hay que ver si los colectores van hacer caso con respecto al medio pasaje de los estudiantes, y la exoneración al adulto mayor……..
En Mario Briceño Iragorry estado Aragua la ruta extraurbana está cobrando 16 bolívares, porque en la gaceta solo habla del pasaje Urbano
deben aclarar un pasaje gratuito ( un solo viaje ) o el pasaje esta exonerado para las personas de la 3era edad y discapacitado
Sería muy bueno q le pongan atención a la línea Indepasid de Valles del Tuy Caracas q aumentan el pasaje como les da la gana y nadie hace nada, están cobrando 40bs y dicen q en diciembre lo tendrán en 50bs (OJO) con eso x favor
Todos los transportistas de los valles del tuy no cumple con lo que dice la gaceta. No respetan la tercera edad, a los ninos válido ni a los estudiantes. A ellos le cobran completo y se los colectores se ponen a discutir con todos ellos y con los pasajeros
Acá en los teques los choferes no respetan esos decretos y el alcalde no les pone un parao. Aquí no vale la pena discutir con choferes y colectores xq tratan mal a los usuarios y le dicen que se vayan a buscar al alcalde o a maduro para que los lleve a su casa
Ojalá ese decreto se cumpla acá en Nueva Esparta, ya que obligan a la tercera edad y discapacitados a cancelar el pasaje completo y si no lo hacen los insultan ojo con eso
Por favor necesitamos un organismo o los medios para poder denunciar a los abusadores para obligar a cumplir la ley a los conductores prestadores de servicio de transporte.
En la zona norte d Barquisimeto estaban cobrando 10 bs cuando el pasaje estaba en 7 con una fotocopia de ruta barqto-cabudare y desde el 13 sept. están cobrando 15 bs y amenazan con que cobraran 19 bs. Que tal!
Es terrible. La zona norte de Barquisimeto como siempre lo peor en tema de transporte
Yo como transportista hago recorrido de un hospital a otro y la mayor parte es de enfermo y mayores de edad, quién me dice por acá si debo llevar a todos gratis? Entiendo la posición de cada quien! Será que así podré comer y comprar algún repuesto??
En Valencia están cobrando 10 bolívares el transporte urbano es decir sin cruzar a otro municipio. Instruyan. A los policías para que atiendan las denuncias por parte de los usuarios al momento.
Especifiquen la clasificación de las rutas suburbanas a fin de clarificar la información y brindar el mejor servicio al usuario.
En el valle la cooperativa Carabobo está cobrando 12 bolívares el pasaje y si no lo pagas te amenazan con bajarte de la camioneta
En el junquito están cobrando el pasaje a 15 bolívares así vallas cerca o lejos al igual lo de Catia así al junquito
en Puerto la cruz cobran 18 Bs de las charas (barrio a cinco 5 kilomenos de casco central) al centro de la ciudad… y la próxima semana ya anunciaron que van a cobrar 20…. y nadie hace nada, una completa anarquia