INTT hizo un llamado a los conductores a respetar el uso obligatorio de placas identificadoras de vehículos

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Foto: INTT

El Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT) exhortó a los conductores a respetar el uso obligatorio de las placas identificadoras para circular en el país.

Así lo establece la Ley de Transporte Terrestre, en el Artículo 59, donde reza que “todo vehículo que circule por el territorio nacional, debe portar, de manera visible, sus correspondientes placas identificadoras, colocadas en la parte delantera y la otra en la parte posterior, en los sitios especialmente destinados a tal fin”.

En una nota publicada en su portal web, el INTT recordó a los conductores que al incumplir esta normativa pueden ser sancionados conforme a la Ley, y no podrán circular hasta subsanar la falla.

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Asimismo, instó a los cuerpos de control y seguridad a exigir que los vehículos porten sus placas identificadoras de manera obligatoria, de lo contrario podrán ser multados hasta con 5 unidades tributarias, según lo establecido en el Artículo 170 de la Ley, numerales 1.

En tal sentido, el INTT pidió a aquellos conductores que aún poseen matriculas diferentes a la vigente en sus vehículos, a realizar su trámite en cualquiera de las más de 70 oficinas en el territorio nacional, para actualizar las placas identificadoras.

 

Fuente: Instituto Nacional de Transporte Terrestre / Eddymar Coronado