Privatización de Empresas Públicas en Venezuela
Enrique González.- Según reseña un portal digital que cubre la fuente económica, ”el presidente de Conindustria, Luigi Pisella, informó que hay entre 500 y 600 empresas a las que el gobierno quiere incorporar capital privado, preferiblemente nacional. Un primer lote de 350 será evaluado para definir los esquemas de participación de inversionistas particulares”.
Según el gremialista 350 empresas estarían “listas” para ser transferidas a la administración de inversionistas prioritariamente nacionales, a través de venta directa o de alianzas entre el Estado y el capital privado.
Existen temas que suelen gozar de percepción, predisposición o presunción positiva general. La privatización de empresas en manos del estado suele ser uno de estos temas. Sin embargo, tal tipo de percepción positiva exigiría o suele implícitamente implicar una serie de supuestos, entre otros:
- Que estamos frente a una industria referida a productos o servicios privados de consumo privado. Es decir, cualquier caso distinto a la producción de bienes públicos.
- Cuando no exista subaditividad en la estructura de costos, lo que implica que ningún estadio de la cadena de valor tenga características de monopolio natural.
- En aquellos casos de existencia de tecnologías que expliquen subaditividad en la estructura de costos, cuando existe la posibilidad del diseño de mecanismos regulatorios eficientes, basados en incentivos.
- Cuando la privatización resulte de un proceso competitivo tipo subastas bien diseñadas para evitar que pocos interesados -un fisco ávido en el corto plazo de ingresos no recurrentes y compradores oportunistas- se vean beneficiados en detrimentos de los “verdaderos” propietarios de las empresas públicas, el pueblo (así como las generaciones futuras).
- Cuando la industria se caracterice por alta concentración y potencial poder de mercado, con la sospecha que su ejercicio implique costos de eficiencia menores a los derivados de la administración pública de la actividad económica.
Aun así, la “privatización” puede poseer una acepción amplia. Por ejemplo, la privatización no tendría por qué restringirse a la propiedad o a su transferencia, sino que podría implicar la privatización de la gestión de la empresa por medio de mecanismos de procurement competitivos. De hecho, podríamos considerar este caso como un sexto supuesto de garantía de buena práctica o eficiencia en un proceso de privatización.
La privatización de empresa públicas puede constituir una política relevante pero tan o más importante es el diseño y mecanismo que sea utilizado para llevarla adelante.
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Economista UCV. Master in Competition and Market Regulation, Universidad Pompeu Fabra. Master en Economía Industrial, Universidad Carlos III de Madrid. Master in Law and Economics, Universidad Torcuato Di Tella. Postgraduate Diploma in Economics for Competition Law, Kings College London. Profesor de Estrategia Competitiva, Universidad Torcuato Di Tella. Profesor de Economía Digital, UCAB. Profesor de Competencia en las Plataformas Digitales, Universidad Torcuato Di Tella. Profesor de Derecho de la Competencia y Análisis Económico del Derecho de Protección al Consumidor, Universidad Monteavila. Consultor Económico.