El Ministerio de Economía, Finanzas y Comercio Exterior estableció en Gaceta Oficial Nº 43.031, de fecha 18 de diciembre de 2024, el calendario de Sujetos Pasivos Especiales y Agentes de Retención para las obligaciones que deben cumplir para el 2025.
De acuerdo con el artículo 1 de dicha providencia, los Sujetos Pasivos Especiales notificados por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) deberán presentar las declaraciones y efectuar los respectivos pagos del Impuesto al Valor Agregado (IVA), anticipos de Impuesto Sobre la Renta (ISLR), Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF) y retenciones de IVA como se indica en la siguiente imagen:
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