Gobierno ordena transferencia del 70% de ingresos parafiscales al Fondo Ciudad Humana

Gaceta Oficial
Foto: archivo

El Ejecutivo nacional publicó en Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.917 el Decreto N° 5.143, que instruye a diversos entes públicos a transferir el 70% de los recursos que perciban por contribuciones parafiscales, tarifas, aportes, comisiones y precios públicos al Fondo Especial Ciudad Humana, un servicio desconcentrado de reciente creación.

La medida aplica a entidades como Conatel, el Fonacit, el Fondo Nacional Antidrogas, el Instituto Nacional de Deportes, Inatur, entre otros, según lo especificado en el anexo del decreto. El 30% restante será ejecutado directamente por las instituciones que recaudan los fondos, conforme a su base legal.

El Fondo Especial Ciudad Humana se creó en mayo pasado con la finalidad de fortalecer proyectos comunitarios conjuntamente con la Corporación Juntos Todo es Posible. Se informó en su oportunidad que la primera obra de este instrumento de financiamiento se realizará en el estado Miranda, cumpliendo con los proyectos comunitarios de esta entidad.

Tanto el Fondo como la Corporación cumplirán con la Agenda Concreta de Acción de cada comunidad. «Llega, presenta el proyecto, empieza la obra, termina la obra y, además, contempla un contrato de un año de mantenimiento», dijo el gobernante Nicolás Maduro el pasado 22 de mayo.

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Lo que establece la gaceta

La norma no modifica los hechos imponibles, sujetos pasivos, ni procedimientos de recaudación y fiscalización previstos en leyes preexistentes. Se limita a redirigir parte de los recursos ya recaudados hacia un fondo central, cuya finalidad es financiar obras y servicios considerados prioritarios por el Ejecutivo.

Asimismo, se establece que el Compromiso de Responsabilidad Social previsto en la Ley de Contrataciones Públicas debe ser satisfecho exclusivamente mediante depósitos en el Fondo Negro Primero, el cual canalizará posteriormente los recursos conforme al decreto.

El decreto se emitió en el marco del estado de emergencia económica declarado por el Ejecutivo el pasado 8 de abril, y aprobado posteriormente por la Asamblea Nacional y el Tribunal Supremo de Justicia. Esta habilitación le otorga a Maduro facultades especiales durante un período de dos meses para aplicar medidas excepcionales destinadas a «defender y proteger la economía nacional ante el impacto de la guerra comercial», según consta en el decreto.

Lea la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.917



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